Indice
TogglePero exactamente, ¿Qué es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto que recae porcentualmente sobre el precio neto de los bienes y servicios que se comercializan en el mercado.
Pero, para tener un mayor entendimiento del asunto, pasemos primero a explicar que son los impuestos indirectos.
Los impuestos indirectos son aquellos que una persona debe pagar por el hecho de consumir o utilizar algún bien o servicio, el cual, afecta a todas las personas de forma equitativa.
El IVA es un Impuesto al consumo.
¿Quién lo paga? el Consumidor Final.
¿Quién lo recauda? el Estado mediante la AFIP.
Ahora que ya entendemos que es un impuesto indirecto, pasemos a mencionar la particularidad de este que lo diferencian de los demás, que es en otras palabras. ¿Cómo se recauda?
La empresa y el IVA
Una empresa que desarrolla una actividad económica debe tener claro lo siguiente:
El IVA se separa en dos grandes grupos:
● El Débito Fiscal: Es aquel que se genera aplicando la alícuota correspondiente a las ventas de bienes o prestaciones de servicios gravadas.
● El Crédito Fiscal: Como su nombre lo demuestra, es un crédito que se genera con la compra de bienes o prestaciones de servicios a favor.
El Crédito Fiscal siempre debe estar relacionado con la actividad comercial para poder computarlo como tal.
Básicamente la primera cara de nuestro “IVA a pagar” o “Saldo Técnico a Favor” se genera al contraponer el Debito contra el Crédito.
Es decir que, si el crédito es mayor que el débito, la posición frente al fisco será un crédito. Por lo contrario, si nuestro débito es mayor al crédito la empresa deberá abonar IVA.
Ahora bien, ¿eso es todo?
Es solo el comienzo, existen otros conceptos que pueden influir en el resultado mensual del IVA, como, por ejemplo, las retenciones, percepciones y los saldos a favor de periodos anteriores, etc.
Percepciones y retenciones de IVA
Pasemos a hablar sobre las retenciones y percepciones, como se puede apreciar por su nombre las retenciones son un monto porcentual que retiene el individuo pagador en un intercambio comercial de activos o servicios.
Entonces, el sujeto que debe pagar por haber adquirido un bien o un servicio, debe “descontar” una parte de lo que debería pagar, y así, pagar solamente la diferencia.
Posteriormente en la fecha establecida mensualmente por AFIP, depositar ese monto retenido a favor del contribuyente al cual se retuvo.
Un caso similar se da con las percepciones, pero en este caso, son aquellas en las cuales el ente prestador del servicio o comercializador de bienes, cobra un monto porcentual adicional. Esta alicuota depende de la actividad que realiza.
Por regla general: Retiene el que paga, percibe el que cobra.
Entonces, que específicamente son estas “Retenciones” y “Percepciones”, son montos denominados “pago a cuentas o bien créditos”.
Son pagos de forma anticipada del impuesto, por lo que, al cierre mensual, se utilizan para descontar el monto a pagar en el caso que los débitos sean superiores a los créditos.
Saldo de Primer Párrafo o Técnico
El saldo técnico es la diferencia entre el débito y el crédito fiscal a favor del contribuyente, el cual, puede ir acumulándose mensualmente .
Solo puede ser utilizado para disminuir el monto a pagar de IVA en los periodos siguientes en los cuales el débito fiscal sea superior al crédito fiscal.
Saldo de Segundo Párrafo o de Libre Disponibilidad
Por ultimo y no menos importante, nos queda pendiente explicar que la acumulación de retenciones y percepciones de IVA se lo denomina “Saldo de Libre Disponibilidad”.
El mismo puede ser utilizado para disminuir el monto a pagar de IVA de periodos posteriores y/o para ser utilizado para compensar otro impuesto/contribución Nacional.
