Para definir el Patrimonio Neto de una empresa debemos primero recordar la ecuación fundamental de la partida doble:
Activo = Pasivo + Patrimonio Neto
Podemos decir con claridad que el Patrimonio Neto es la porción del activo que corresponde a los dueños de la empresa.
Esto resulta suficiente para definir al patrimonio en su expresión cuantitativa.
La RT. 16 establece dentro del apartado 4.1.3 «patrimonio neto y las participaciones de accionistas no controlantes en los patrimonios de las empresas controladas»
El patrimonio neto de un ente resulta del aporte de sus propietarios o asociados y de la acumulación de resultados.
En los estados contables que presentan la situación individual de un ente, es:
PN = Activo – Pasivo
Cuando se presenta información consolidada de una sociedad controlante y sus sociedades controladas, y parte del capital de estas está en manos de otros accionistas, las participaciones de estos sobre el patrimonio de dichas subsidiarias:
- no integran el pasivo del grupo económico en tanto éste no haya asumido la obligación de entregar recursos o prestar servicios a los accionistas no controlantes (por ejemplo, con motivo de la aprobación de dividendos o de la disolución de la controlada);
- no forman parte del patrimonio de la controlante porque no representan derechos de los accionistas de ésta.
En tales casos, es:
Patrimonio neto = Activo – Pasivo – Participaciones de accionistas no controlantes en el patrimonio de entidades controladas
Por su origen, el patrimonio puede desagregarse así:
Patrimonio neto = Aportes + Resultados acumulados
Excepción: puede haber entes sin fines de lucro que no tengan aportes.
En este documento se considera aportes al conjunto de los aportes de los propietarios, incluyendo tanto al capital suscripto (aportado o comprometido a aportar) como a los aportes no capitalizados. Los anticipos para futuras suscripciones de acciones sólo constituyen aportes no capitalizados cuando tienen el carácter de irrevocables y han sido efectivamente integrados.
Esto implica la adopción del criterio de que el capital a mantener es el financiero y no el que define un determinado nivel de actividad (habitualmente denominado capital físico).
