Licencias Laborales

Las licencias laborales son los días que el trabajador puede ausentarse al lugar de trabajo con el derecho al cobro del salario íntegro.

Características generales

  1. Es importante resaltar que puede surgir, tanto de la ley de contrato de trabajo, como así también de otros cuerpos legales,  como ser las normas que regulan los diferentes convenios vigentes en la república argentina;
  2. Se encuentra en la a Ley de Contrato de Trabajo  en su título V capítulo 2 artículos 158 a 161, enumerados a nuestro criterio, de forma taxativa, sin perjuicio de que en otras normas se encuentren plasmados otros beneficios adicionales;
  3. Para liquidarlas debe tomarse los días con criterio del artículo 155 de la LCT, es decir, dividido 25 para los trabajadores mensualizados.

¿Cuáles son dichas licencias?

“Art. 158. —Clases.

El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:

a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.

b) Por matrimonio, diez (10) días corridos.

c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos.

d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.

e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario”.

¿Existe requisitos para su goce?

Además de que se produzca el hecho generador que de nacimiento al derecho de dicha licencia, es menester resaltar que corresponde que el trabajador presente toda la documental respaldatoria que lo avale.

Sin perjuicio que la norma no lo aclare, a excepción del art 158 inciso e que aclare que deben ser “ planes de enseñanza oficiales o autorizados por organismo provincial o nacional competente” y “El beneficiario deberá acreditar ante el empleador haber rendido el examen mediante la presentación del certificado expedido por el instituto en el cual curse los estudios”.

¿Pierdo mis vacaciones por ejercer mi derecho a licencias?

No hay que olvidar que el derecho al descanso a vacaciones obedece a razones higienicas y de salud, por tanto dicha licencias se adicionarían a las mismas en caso de que el hecho excepcional se produzca.

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