Parámetros Emisión de Facturas con identificación del Consumidor Final

Mediante RG 5700/2024 se modificaron las disposiciones relativas a la identificación de los Consumidores Finales en las facturas de ventas:

  • Se elimina la discriminación en el monto respecto de si la operación se cancela en efectivo u otros medios de pago electrónico.
  • También se elimina la obligación de los mayoristas de nominar al cliente, cualquiera sea el monto si la operación se realizaba en efectivo.
  • Se actualiza y unifica en un solo valor el umbral para identificar al Consumidor Final.

De esta manera, a partir del día de mañana (29/05/2025), sólo deberá identificarse al Consumidor final cuando la operación supere los $ 10.000.000.-

 La información que debe detallarse continúa siemdo la misma:

– CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI). Este campo es obligatorio de superarse el monto.

– Los datos de Apellido y Nombres / Domicilio no resultan obligatorios por lo que puede consignarse con «NR» o «No Requerido».

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