Las Cumbres y los Valles de la Base Imponible: Comprendiendo los Topes y Mínimos en la Seguridad Social Argentina

La correcta liquidación de haberes y el cumplimiento de las obligaciones previsionales son pilares fundamentales para la sostenibilidad de las empresas y la garantía de los derechos de los trabajadores en Argentina. En este entramado, la Base Imponible emerge como un concepto central, determinando el monto sobre el cual se calculan los aportes y contribuciones a la seguridad social. Sin embargo, no todas las remuneraciones se gravan por igual. La existencia de Bases Imponibles Máximas y Mínimas introduce un factor de complejidad y precisión que todo profesional del área debe dominar.

Este artículo se propone desentrañar el funcionamiento de estos topes, su aplicación, las consecuencias de su incorrecto uso y los mecanismos de ajuste, proporcionando una guía clara para empleadores y asesores.


¿Qué Entendemos por Base Imponible Máxima y Mínima?

En términos sencillos, la Base Imponible es la porción de la remuneración bruta del trabajador que está sujeta al cálculo de los aportes (a cargo del trabajador) y contribuciones (a cargo del empleador) destinados a financiar el sistema previsional, obra social y otras asignaciones.

El artículo 9 de la Ley 24.241 se refiere a los límites máximos de los haberes previsionales en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Este artículo establece topes para las jubilaciones y pensiones, tanto para aquellos que se jubilan bajo la ley 24.241 como para quienes lo hacen bajo leyes previsionales anteriores buscando establecer un equilibrio entre la sostenibilidad del sistema previsional y la protección de los derechos de los jubilados y pensionados.

En materia de Obras Sociales, el Decreto 921/2016 dispuso expresamente que para el cálculo de aportes y contribuciones de obra social, en los términos de las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, se tomará como base el equivalente a 2 bases mínimas.

¿Cuándo y a Quiénes Afectan Estos Topes?

A continuación, presentamos un cuadro resumen con las diferentes situaciones que se plantean y cuándo deben ser consideradas las bases imponibles mínimas y máximas

ConceptoTope mínimoTope máximo
Aportes del trabajadorContribuciones patronalesAportes del trabajadorContribuciones patronales
Jubilación Ley 24.241SISISINO
INSSJP Ley 19.032SISISINO
Asignaciones familiaresNo Aportan a estos conceptosSINONO
ley 24714
Fondo Nacional de Empleo Ley 24013
Obra social Ley 23.660 (*)2 Bases Mínimas2 Bases MínimasSINO
ANSSAL Ley 23.660 (*)
Riesgos del trabajo Ley 24.557No Aportan a estos conceptosSINo Aportan a estos conceptosNO
(*) Contrato a tiempo parcial: los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo

Vemos entonces que en materia de contribuciones patronales no existen topes para la base imponible por lo que deberá contribuirse en función al sueldo devengado por el empleado sin techo alguno. No sucede lo mismo en materia de mínimos, ya que en este caso sí se establece un piso o mínimo de contribuciones a ingresar. En lo que hace a obras sociales la cuestión se agrava ya que el Decreto 921/2016 dispuso como base mínima el doble de las bases establecidas para seguridad social.

Para los aportes (retenciones que se hacen en el recibo de los empleados) rigen tanto los mínimos como los máximos y, al igual que para los empleadores, los aportes a las obras sociales tienen un mínimo duplicado.

El escenario más común donde la base mínima cobra protagonismo es el de los trabajadores con jornada reducida o parcial. Si un empleado trabaja, por ejemplo, media jornada y su remuneración percibida es inferior a la Base Imponible Mínima establecida, sus aportes y contribuciones se calcularán sobre dicho piso, no sobre su sueldo real, con el agravante para la obra social, donde el mínimo se duplica.

El Propósito Detrás de los Límites: Sostenibilidad y Equidad

La existencia de estos topes no es arbitraria; responde a lógicas de sostenibilidad del sistema previsional y equidad contributiva:

  • Garantizar el Financiamiento Mínimo: La base mínima asegura un flujo de aportes constante y suficiente para el sostenimiento de las prestaciones sociales, incluso en situaciones de salarios bajos o jornadas parciales.
  • Evitar Cargas Prohibitivas: La base máxima protege a las empresas con personal de muy altas remuneraciones de cargas excesivas que podrían desincentivar la formalización. Al mismo tiempo, impide que se realicen aportes desproporcionados sobre salarios extraordinariamente elevados.
  • Equilibrio y Proporcionalidad: Busca un balance entre la capacidad contributiva de los distintos actores y la necesidad de financiar las prestaciones a las que los trabajadores tienen derecho.

¿Cómo se Actualizan Estos Valores? El Rol de la Movilidad Jubilatoria

Las Bases Imponibles Máximas y Mínimas no son estáticas. Se actualizan periódicamente para reflejar la evolución de la economía y los salarios:

  • Actualización de la Base Mínima: Generalmente, la Base Imponible Mínima se vincula con el Mínimo Vital y Móvil y se ajusta conforme a la movilidad jubilatoria, la cual es determinada por la ANSES y considera la evolución de los salarios y la inflación.
  • Actualización de la Base Máxima: La ANSES actualiza la Base Imponible Máxima de forma trimestral, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. Esta actualización se basa en la variación de las remuneraciones de los trabajadores registrados, tomadas de las declaraciones juradas (F931) presentadas ante la AFIP.

Los valores aplicables al mes de agosto, determinados por Resolución 278/2025 publicada en el Boletín Oficial el 25 de julio de 2025, son los siguientes:

ConceptoMonto desde agosto 2025
Base imponible mínima$105.857,99
Base imponible máxima$3.440.334,99

Consecuencias de la Incorrecta Aplicación: Riesgos y Sanciones

No aplicar correctamente las Bases Imponibles Máxima y Mínima puede acarrear serias consecuencias tanto para empleadores como para trabajadores:

  • Para el Empleador:
    • Deficiencias en Aportes y Contribuciones: El pago por debajo de la Base Mínima genera una deuda previsional con la ANSES y la obra social, implicando multas, intereses resarcitorios y punitorios. Pagar por encima de la base máxima, aunque menos sancionado, representa una liquidación errónea.
    • Inconvenientes Administrativos y Fiscales: Inspecciones de la AFIP o ANSES que detecten estas irregularidades pueden derivar en intimaciones y sanciones económicas.
    • Perjuicio a los Beneficios del Trabajador: Aportar menos de lo legalmente establecido impacta negativamente en la capacidad del trabajador de acceder o mantener sus beneficios previsionales en el futuro.
  • Para el Trabajador:
    • Aportes Insuficientes: La principal consecuencia es la falta de aportes suficientes para acceder a una jubilación o pensión acorde a su remuneración, o incluso para cumplimentar los años de aportes requeridos.
    • Dificultades en el Acceso a Prestaciones: Puede afectar la cobertura de obra social, el acceso a licencias por maternidad/paternidad o asignaciones familiares.

Ajuste de Liquidaciones Erróneas: Camino a la Corrección

Cuando se detectan errores en la aplicación de las bases imponibles, es crucial actuar con celeridad:

  1. Rectificación de Declaraciones Juradas: El empleador debe presentar declaraciones juradas rectificativas (F931) ante la AFIP para corregir las bases de aportes y contribuciones.
  2. Ingreso de Diferencias: Se deberá abonar la diferencia de aportes y contribuciones adeudadas, junto con los intereses y multas que correspondan según la normativa vigente.
  3. Comunicación Transparente: Es fundamental informar al empleado afectado sobre la corrección realizada y sus implicancias.
  4. Asesoramiento Profesional: Ante la complejidad de estos procesos, se recomienda enfáticamente la asistencia de contadores públicos o abogados laboralistas para asegurar una corrección integral y evitar sanciones mayores.

Conclusión: La Precisión como Clave del Cumplimiento

El dominio de las Bases Imponibles Máxima y Mínima no es un mero detalle administrativo, sino una obligación legal que impacta directamente en la salud financiera de las empresas y en los derechos previsionales de los trabajadores. La constante actualización de estos valores exige un seguimiento riguroso de las normativas emitidas por la ANSES y la AFIP.

En este contexto, el rol del profesional especializado es insustituible. Asegurar la correcta aplicación de estas bases es sinónimo de un cumplimiento normativo impecable, protegiendo tanto al empleador de futuras contingencias como al trabajador de la pérdida de derechos fundamentales. Estar al día con las cifras y entender su aplicación es, en definitiva, una inversión en seguridad y tranquilidad.

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