Aclaraciones sobre la posibilidad de compensación de la asignación no remunerativa del Gobierno Nacional con aumentos salariales convencionales

Mediante Resolución 1133/2023 el Ministerio de Trabajo aclara que la absorción de la asignación no remunerativa del Decreto 438/2023 con los incrementos salariales pactados convenicionalmente para los meses de agosto y septiembre se podrá realizar sólo en aquellos casos en que esté prevista expresamente dicha absorción en el texto del acuerdo respectivo.

Si bien la generalidad de los acuerdos salariales fueron firmados antes de producirise la devaluación verificada el 14/08, que fue fundamento del dictado del Decreto 438/2023, se daba el caso, por ejemplo, del Régimen de Trabajo Agrario, cuya resolución de incremento salarial fue dictada un día después de la devaluación (el 15/08). 

Con la nueva aclaración publicada el día de hoy, queda descartada la posibilidad de compensación de la asignación no remunerativa con dichos aumentos a pesar de que fueron posteriores a la devaluación.

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