
Mediante RG 5700/2024 se modificaron las disposiciones relativas a la identificación de los Consumidores Finales en las facturas de ventas:
- Se elimina la discriminación en el monto respecto de si la operación se cancela en efectivo u otros medios de pago electrónico.
- También se elimina la obligación de los mayoristas de nominar al cliente, cualquiera sea el monto si la operación se realizaba en efectivo.
- Se actualiza y unifica en un solo valor el umbral para identificar al Consumidor Final.
De esta manera, a partir del día de mañana (29/05/2025), sólo deberá identificarse al Consumidor final cuando la operación supere los $ 10.000.000.-
La información que debe detallarse continúa siemdo la misma:
– CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI). Este campo es obligatorio de superarse el monto.
– Los datos de Apellido y Nombres / Domicilio no resultan obligatorios por lo que puede consignarse con «NR» o «No Requerido».
