Fallo Histórico: La Justicia Falla a Favor de Roemmers y Declara Inconstitucionales los Topes para Deducir Gastos de Automóviles por Falta de Actualización

Buenos Aires, 10 de julio de 2025 – En una decisión de enorme trascendencia para el ámbito tributario, la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo del Tribunal Fiscal y falló a favor de la farmacéutica Roemmers S.A.I.C.F., declarando la inconstitucionalidad de la aplicación de los topes para deducir gastos y amortizaciones de automóviles en el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por no haber sido actualizados en décadas.

Este fallo sienta un precedente clave para miles de empresas en Argentina que utilizan vehículos como una herramienta de trabajo esencial.

El Conflicto Central: Gastos de Autos vs. Topes Desactualizados

La controversia se originó cuando la AFIP-DGI impugnó las declaraciones juradas de Roemmers, ajustando de oficio el Impuesto a las Ganancias y el IVA. La AFIP aplicó de manera estricta los límites (topes) legales para la deducción de gastos de automóviles:

  1. Amortización: Solo se permite deducir la amortización sobre un valor de origen del vehículo de hasta $20.000, un monto fijado por la Ley 24.885 en 1997.
  2. Gastos de Mantenimiento: Solo se pueden deducir gastos de combustible, seguros, patentes y reparaciones hasta una suma global anual de $7.200 por vehículo, cifra establecida por la Resolución General 94/1998 de la AFIP.

La AFIP sostuvo que Roemmers no podía deducir los montos que excedieran esas cifras.

La Postura de las Partes

  • Argumentos de Roemmers (la actora):
    • Irrazonabilidad y Confiscatoriedad: Sostuvo que los topes de $20.000 y $7.200, al no haber sido actualizados por más de 25 años, se han vuelto irrisorios y completamente ajenos a la realidad económica. Su aplicación, argumentó, desnaturaliza el impuesto al gravar ganancias ficticias, lo que resulta confiscatorio y viola el derecho de propiedad y el principio de razonabilidad.
    • Herramienta de Trabajo: Planteó que los vehículos, utilizados por sus Agentes de Propaganda Médica (APM), no son un lujo sino una herramienta indispensable para generar la renta gravada de la compañía.
    • Prueba Pericial Clave: Presentó una pericia contable que demostró que, si los topes se actualizaran por inflación (IPIM), los gastos y amortizaciones reales de la empresa hubieran quedado por debajo de dichos límites actualizados. Es decir, la empresa no habría deducido gastos en exceso.
    • Omisión del Fisco: Resaltó que la propia ley faculta a la DGI a fijar «anualmente» el tope de gastos, mandato que fue incumplido sistemáticamente, generando el perjuicio.
  • Argumentos de la AFIP (la demandada):
    • Literalidad de la Norma: La AFIP se basó en la jurisprudencia de la Corte Suprema (casos «Roux Ocefa» y «Janssen Cilag»), argumentando que la ley es clara. El objeto principal de Roemmers es la actividad farmacéutica, no la explotación de automóviles (como taxis o remises), por lo que no le corresponde la exención a los topes.
    • El Límite como Norma «Anti-abuso»: Defendió que el propósito de la norma era evitar que los contribuyentes dedujeran como gastos empresariales lo que en realidad eran consumos personales o suntuarios de directivos.
    • Falta de Cuestionamiento Previo: En instancias anteriores, se apoyó en que la constitucionalidad de la norma no había sido el eje central del debate en los fallos previos de la Corte.

La Solución de los Jueces y sus Argumentos Principales

La Cámara, en un fallo detallado y contundente, le dio la razón a Roemmers con base en los siguientes argumentos:

  1. La Finalidad de la Ley fue Desvirtuada: Los jueces analizaron los debates parlamentarios que dieron origen a los topes y concluyeron que la intención del legislador fue establecer un límite razonable para evitar abusos, pero nunca impedir la deducción de gastos necesarios para la actividad.
  2. La Omisión de Actualizar es Ilegal y Vuelve la Norma Irrazonable: El tribunal consideró decisiva la falta de actualización. Señaló que la sintaxis de la ley («fije anualmente la Dirección General Impositiva») implicaba una obligación de revisión periódica que la AFIP desoyó por 27 años. Esta omisión, en un contexto de alta inflación, transformó un límite razonable en una cifra arbitraria y desconectada de la realidad.
  3. La Prueba Pericial fue Determinante: A diferencia de otros casos, la Cámara dio un peso fundamental a la prueba pericial de Roemmers. Esta prueba acreditó de manera fehaciente que la falta de actualización provocó un perjuicio concreto y una distorsión en la base imponible del impuesto. Demostró que, de haberse aplicado montos actualizados, Roemmers no habría incurrido en deducciones indebidas.
  4. Afectación del Derecho de Propiedad: Como consecuencia, aplicar los topes históricos «se cristaliza en un aumento de la base imponible sujeta al Impuesto a las Ganancias (…) en clara contravención con el principio de legalidad». Esto viola la capacidad contributiva real del contribuyente y su derecho de propiedad.

En resumen, la Cámara no declaró que la existencia de un tope sea inconstitucional en sí misma, sino que la aplicación de un tope desactualizado por un tiempo irrazonable se vuelve inconstitucional y confiscatoria.

Consecuencias del Fallo para el Resto de los Contribuyentes

Este precedente, conocido ya como el «Efecto Roemmers», abre una puerta fundamental para todos los contribuyentes que se encuentren en una situación similar:

  • Vía Libre para el Reclamo: Las empresas que utilizan vehículos como herramienta de trabajo (flotas de venta, servicios técnicos, etc.) ahora tienen un sólido argumento judicial para impugnar los ajustes de la AFIP basados en los topes desactualizados.
  • La Carga de la Prueba es Clave: No será un beneficio automático. Las empresas que quieran seguir el camino de Roemmers deberán, como hizo la farmacéutica, demostrar con una prueba pericial contable que la aplicación del tope histórico les genera un perjuicio y que sus gastos reales son razonables y estarían cubiertos por un tope actualizado.
  • Presión sobre la AFIP y el Congreso: El fallo ejerce una enorme presión para que la AFIP, o en su defecto el Congreso Nacional, proceda a actualizar de manera urgente estas y otras cifras fijas en la legislación tributaria que han quedado licuadas por la inflación.
  • Se Fortalece la Seguridad Jurídica: La sentencia reivindica el principio de que las normas deben interpretarse y aplicarse de acuerdo con su finalidad y la realidad económica, y que la inacción del Estado no puede perjudicar los derechos de los contribuyentes.

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