Para contratar a una persona extranjera en Argentina, un empleador debe tener en cuenta varios aspectos fundamentales relacionados con la legislación migratoria y laboral del país. Aquí se presenta un resumen de la información más relevante:
1. Situación Migratoria del Trabajador Extranjero: Para trabajar legalmente en Argentina, la persona extranjera debe poseer
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- Residencia precaria otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones: La residencia precaria es una autorización temporal que se otorga una vez que el extranjero ha iniciado un trámite de residencia (ya sea permanente o temporaria).
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- La residencia temporaria para trabajador migrante se otorga por un plazo de 1 año, prorrogable, y habilita a trabajar bajo relación de dependencia [12, 20, 37a, 51]. Los ciudadanos del MERCOSUR obtienen una residencia temporaria por 2 años.
- Su validez es de hasta NOVENTA (90) días corridos y puede ser renovada mediante resolución fundada de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
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- Código Único de Identificación Laboral (CUIL) otorgado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
2. Documentación y Requisitos para la Residencia Temporaria del Trabajador Migrante:
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- Pre-contrato laboral: Debe ser suscripto por ambas partes y especificar: datos personales, tareas, duración de la jornada y de la relación laboral, domicilio donde se desarrollarán las tareas, y la remuneración a percibir (debiendo ajustarse al convenio colectivo de trabajo).
- CUIT del empleador: Debe figurar en el pre-contrato. Si un tercero representa al empleador, debe adjuntar el poder correspondiente.
- Certificación de firmas: Las firmas en el pre-contrato deben ser certificadas por escribano público o ante un agente de la Dirección Nacional de Migraciones al iniciar la solicitud de residencia.
- Constancia de inscripción del empleador ante la AFIP.
- Constancia de alta temprana (AFIP): Emitida y suscripta por el empleador, debe presentarse dentro de los 30 días corridos desde el inicio de la solicitud de residencia.
- Documentación personal del trabajador: Incluye pasaporte vigente o documentos MERCOSUR, certificado de antecedentes penales argentinos (para mayores de 16 años), certificado de antecedentes penales de países donde residió por más de un año en los últimos tres (para mayores de 16 años), y acreditación de domicilio.
- Legalización y Traducción: Toda documentación expedida en el extranjero debe contar con la legalización del Consulado Argentino o la Apostilla de La Haya. Si está en idioma extranjero, debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
3. Inscripción del postulante en Registro Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE):
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- La inscripción en el RENURE es un requisito para acreditar la condición de trabajador migrante en la solicitud de residencia temporaria.
- Los solicitantes de ingreso, permanencia o regularización de la situación migratoria de un extranjero deben inscribirse en el RENURE y presentar una caución suficiente, que puede ser real o juratoria, fijada entre un mínimo de DOS (2) y un máximo de DIEZ (10) salarios mínimos vitales y móviles, según determine la DNM.
4. Orientación General para Empleadores:
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- El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ofrece orientación laboral gratuita sobre la legislación vigente y los trámites a realizar para empleadores que deseen contratar personas extranjeras.
- La empresa (persona física o jurídica, entidad educativa formal, o culto oficialmente reconocido) debe estar debidamente inscripta ante el RENURE. Este registro, a cargo de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), se encarga de recibir la documentación necesaria para que una entidad empleadora pueda ingresar a un extranjero para trabajar de manera remunerada o no.
5. Simplificación para la Registración de Trabajadores (AFIP):
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- Desde mayo de 2024, se simplificó el trámite de alta inicial de un empleado. Los datos mínimos requeridos son: CUIL y/o CUIT, domicilio donde se desarrolla la actividad económica, fecha de inicio de la relación laboral, modalidad de contratación, obra social y, si es a plazo fijo, la fecha de finalización.
- El plazo para cargar los datos restantes (como remuneración mensual o puesto) se extiende hasta la primera liquidación del sueldo, a diferencia de la exigencia previa al inicio de tareas. Esto busca reducir la carga burocrática y agilizar la registración.
6. Obligaciones y Responsabilidades del Empleador según la Ley de Migraciones:
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- Prohibición de contratar extranjeros irregulares: Ninguna persona, sea física o jurídica, pública o privada, puede proporcionar trabajo u ocupación remunerada a extranjeros que residan irregularmente en el país.
- Cumplimiento de la legislación laboral: La aplicación de la ley migratoria no exime al empleador del cumplimiento de las obligaciones laborales, sin importar la condición migratoria del extranjero, y tampoco afectará los derechos adquiridos por trabajos ya realizados. Los extranjeros tienen derecho a asistencia jurídica gratuita para proteger sus derechos laborales.
- Comunicación de transacciones: Quien contrate con extranjeros irregulares para la adquisición, venta o gravamen de bienes inmuebles o la constitución de sociedades, debe comunicarlo a la autoridad migratoria.
- Sanciones: El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear multas significativas. Por ejemplo, proporcionar trabajo a un extranjero sin habilitación migratoria para trabajar conlleva una multa de CINCUENTA (50) Salarios Mínimo Vital y Móvil por cada extranjero. Si el extranjero es no emancipado o menor de 14 años, la multa asciende a CIEN (100) Salarios Mínimo Vital y Móvil. La reincidencia agrava la multa en un 50%. La DNM puede disponer una reducción o pago en cuotas por falta de medios del infractor, pero nunca inferior a DOS (2) Salarios Mínimos.
7. Convalidación de Títulos Universitarios Extranjeros:
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- Si el trabajador extranjero posee un título universitario, puede ser necesario convalidarlo o revalidarlo.
- Convalidación: Aplica a títulos de países con los que Argentina tiene convenios de reconocimiento mutuo (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, España, México, Perú, Ucrania, República Dominicana (solo posgrado) y Cuba (solo becarios argentinos)). El trámite se realiza a través del Ministerio de Capital Humano – Secretaría de Educación – Subsecretaría de Políticas Universitarias – Dirección Nacional de Gestión Universitaria (DNGU).
- Revalidación: Para títulos de países sin convenio, se debe tramitar la revalidación directamente ante una Universidad Nacional (no privada) que ofrezca una carrera igual o similar.
8. Prestaciones por Convenio Internacional (Seguridad Social): Argentina tiene convenios bilaterales y multilaterales de seguridad social con varios países (incluyendo el MERCOSUR y el Convenio Multilateral Iberoamericano). Esto es relevante para los trabajadores que hayan realizado aportes en alguno de estos países, permitiéndoles acceder a jubilaciones, pensiones, reconocimiento de servicios y otras prestaciones en Argentina. Los requisitos específicos varían según el país.
