El proyecto de Presupuesto 2026, actualmente en discusión, trae consigo una serie de disposiciones que prometen redefinir el panorama tributario y económico del próximo año. Más allá de las proyecciones macroeconómicas, este proyecto incorpora reformas con impacto directo e indirecto en los contribuyentes, generando además un importante debate jurídico sobre la idoneidad de incluir tales modificaciones en una Ley de Presupuesto. En TaxS, hemos analizado las implicancias más relevantes para que su empresa y sus finanzas estén preparadas
A continuación, presentamos un resumen detallado de las principales disposiciones que moldearán la actividad económica en 2026, dividiéndolas en aquellas con impacto directo en tributos y otras consideraciones fiscales relevantes.
Disposiciones con Impacto Directo en Tributos
Derogación de la Exención de IVA para Diarios y Revistas: El proyecto de presupuesto establece la eliminación de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para diarios y revistas.
Impacto en Contribuyentes:
Aumento de Costos: Esta medida implica que los consumidores y adquirentes de diarios y revistas probablemente deberán afrontar un costo mayor, dado que el IVA se aplicaría sobre estos productos, aumentando potencialmente su carga impositiva indirecta.
Proyecciones de Recursos Tributarios y Carga Fiscal
Aunque no son disposiciones del articulado, las proyecciones macrofiscales del proyecto son fundamentales para el contexto tributario.
• Crecimiento de Ingresos: Los recursos públicos totales se proyectan con un incremento del 6% ajustado por inflación, similar al aumento previsto para el gasto total. Este incremento está sustentado principalmente en el crecimiento de los ingresos impositivos (7.5%) y los aportes y contribuciones.
• Impuestos Clave: Dentro de los ingresos tributarios, se espera un fuerte crecimiento en la recaudación del Impuesto a las Ganancias, así como del IVA.
• Aumento de Carga de Recursos: Se proyecta un leve incremento de 0.2 puntos porcentuales en los recursos públicos en términos del Producto Interno Bruto (PIB), lo que sugiere un ligero aumento de la carga de recursos (aunque la fuente prefiere no usar la expresión «presión tributaria»).
Impacto Sectorial Específico (Cupo Fiscal)
El proyecto prevé medidas de apoyo activo a un sector específico a través del cupo fiscal:
• Economía del Conocimiento: Hay un incremento significativo del 34% en el cupo fiscal total (355 mil millones contra 137 billones), donde se destaca el apoyo al sector de la economía del conocimiento.
Impacto en Contribuyentes/Sectores:
• Apoyo y Estímulo: Este incremento indica un apoyo activo, a través del presupuesto, para los contribuyentes que operan en el sector de la economía del conocimiento.
Derogación de Pisos de Gasto y su Implicancia en la Asignación Tributaria
El proyecto de presupuesto deroga diversas disposiciones legales que establecían mínimos garantizados para el destino de los recursos públicos (pisos de gasto). Si bien no cambian las tasas impositivas, cambian el destino de los ingresos provenientes de los contribuyentes:
• Piso para Educación: Se deroga el famoso 6% del gasto que debía destinarse al sector público para la educación.
• Financiamiento Científico: Se elimina el piso garantizado (que para 2026 sería 0.52% del PIB) para el financiamiento del sistema de ciencia.
• Educación Técnico Profesional: Se deroga el piso del 0.2%.
• Fondo Nacional de Defensa (FONDEF): Se elimina el inciso que establecía su integración con el 0.8% de los ingresos corrientes.
Impacto en la Asignación de Fondos:
• Flexibilidad del Gasto: Estas derogaciones brindan mayor flexibilidad al Poder Ejecutivo en la asignación de recursos, ya que los gastos autorizados no estarán limitados por estos pisos legales.
• Incertidumbre Legal: Se señala una preocupación legal relevante: estas disposiciones se derogan mediante la Ley de Presupuesto, la cual es una ley anual. Dado que no se incluyeron en la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, surge la duda jurídica sobre si estas leyes derogadas podrían volver a tener vigencia a partir del 1 de enero del año siguiente si no se les da un carácter permanente o se incorporan a las leyes correspondientes.
Consideraciones Legales y Jurídicas del Impacto Tributario
Expertos señalan las limitaciones institucionales respecto a la modificación de tributos mediante la Ley de Presupuesto o Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU):
• Prohibición Constitucional: La Constitución prohíbe expresamente que se dicten Decretos de Necesidad y Urgencia para reformas tributarias.
• Naturaleza de la Ley de Presupuesto: La Ley de Administración Financiera (Ley 24.156) establece que la Ley de Presupuesto, por ser una ley anual y no permanente, no debe crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos. Esta limitación legal contrasta con la propuesta en el proyecto de derogar la exención de IVA para diarios y revistas.
