A través de la Resolución General 5425/2023 (BO 29/09/2023) la AFIP dispone la implementación de un nuevo plan de facilidades de pagos especial para deudas vencidas al 31 de agosto de 2023.
Las características principales del nuevo régimen de financiación son:
Se encuentran incluidas todas las obligaciones impositivas y de la seguridad social, así como sus multas y accesorios no excluídos expresamente en la resolución.
Conceptos excluídos:
- Anticipos y pagos a cuenta
- IVA por importación de servicios
- Aportes y contribuciones a Obras Sociales
- Cuotas de ART
- Aportes y contribuciones del Personal de Casas Particulares
- Aportes y contribuciones al RENATRE y RENATEA
- Impuesto interno a los cigarrillos
- Cuotas de planes vigentes
- Obligaciones regularizadas en planes vigentes, salvo nuevos
ajustes de inspección - Obligaciones de planes caducos a partir del 01/10/2023
- Multas por el régimen de equipajes
- Multas e intereses vinculados con los conceptos anteriores
Las carácterísticas de los planes según la condición del contribuyente son:
1) Entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas:
1.1) Tasa de Financiación: 70% de la vigente para interés resarcitorio a la fecha de consolidación (a la fecha la tasa de financiación sería del 4,137% mensual).
1.2) Deudas Impositivas y contribuciones a la seguridad social y aduanera: hasta 120 cuotas.
1.3) Deudas por aportes a la seguridad social: 60 cuotas.
1.4) Retenciones y percepciones impositivas: 18 cuotas.
1.5) Caducidad del Plan: a) 3 cuotas impagas a los 60 días corridos posteriores a la fecha de
vencimiento de la tercera de ellas; b) 1 o 2 cuotas impagas a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
2) Medianas empresas tramo 1:
2.1) Tasa de Financiación: 90% de la vigente para interés resarcitorio a la fecha de consolidación (a la fecha la tasa de financiación sería del 5,319% mensual).
2.2) Deudas Impositivas y contribuciones a la seguridad social y aduanera: hasta 72 cuotas.
2.3) Deudas por aportes a la seguridad social: 36 cuotas.
2.4) Retenciones y percepciones impositivas: 9 cuotas.
2.5) Caducidad del Plan: a) 2 cuotas impagas a los 60 días corridos posteriores a la fecha de
vencimiento de la tercera de ellas; b) 1 cuota impagas a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
3) Resto de los contribuyentes:
3.1) Tasa de Financiación: la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación (a la fecha la tasa de financiación sería del 5,91% mensual).
3.2) Deudas Impositivas y contribuciones a la seguridad social y aduanera: hasta 60 cuotas.
3.3) Deudas por aportes a la seguridad social: 24 cuotas.
3.4) Retenciones y percepciones impositivas: 6 cuotas.
3..5) Caducidad del Plan: a) 2 cuotas impagas a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la tercera de ellas; b) 1 cuota impagas a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
La cantidad de cuotas otorgadas en cada caso se establecerá considerando que la cuota no podrá ser inferior a $ 2.000.- no existiendo limitaciones a la cantidad de planes solicitados.
La puesta a disposición del sistema web para el acogimiento será a partir del 17 de octubre de 2023.
Se dispone además la suspensión de ejecuciones fiscales para sujetos encuadrados como entidades sin fines de lucro, micros, pequeñas empresas y medianas tramo 1.
